Desde el 1° de octubre, las cuotas de $100 millones o más deberán abonarse mediante débito directo desde una cuenta bancaria. La modificación alcanza a los planes gestionados a través de “Mis Facilidades” y obliga a verificar la CBU asociada.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó las condiciones para cancelar las cuotas de distintos planes de facilidades de pago y estableció un nuevo mecanismo obligatorio para los importes más elevados.
A partir del 1° de octubre de 2026, las cuotas que sean iguales o superiores a $100 millones deberán cancelarse mediante débito directo en una cuenta bancaria.
La modificación fue establecida mediante la Resolución General 5896/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez.
Hasta ahora, las reglas vigentes contemplaban que las cuotas de los planes de facilidades de pago que alcanzaran o superaran los $100 millones fueran abonadas mediante transferencia electrónica de fondos. El mismo mecanismo se aplicaba cuando se presentaban circunstancias excepcionales que impedían realizar el cobro mediante débito directo.
Con la nueva normativa, esa posibilidad queda modificada y los contribuyentes alcanzados deberán adecuar sus cuentas bancarias para permitir el débito de las cuotas.
Por qué ARCA modificó el mecanismo
Según explicó el organismo recaudador, el cambio responde a una adecuación de los mecanismos sistémicos utilizados por la red bancaria.
ARCA señaló que el sistema bancario amplió sus posibilidades operativas para gestionar y procesar débitos directos desde cuentas bancarias. A partir de esa modificación, el organismo decidió actualizar las condiciones previstas para la cancelación de las cuotas.
La nueva resolución también deroga artículos de las Resoluciones Generales 5279, 5321, 5525, 5828 y 5873, con el objetivo de adaptar las condiciones correspondientes tanto al pago de las cuotas como a las cancelaciones anticipadas totales.
Qué deberán hacer los contribuyentes desde octubre
El nuevo requisito alcanzará a quienes tengan planes de facilidades de pago presentados mediante el servicio web “Mis Facilidades”, siempre que las cuotas sean iguales o superiores a $100 millones.
Desde el 1° de octubre, los contribuyentes y responsables deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que los importes correspondientes puedan ser debitados directamente de sus cuentas bancarias.
Para cumplir con la nueva modalidad, deberán controlar especialmente los datos registrados en el sistema.
En particular, será necesario verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) correspondiente a la cuenta desde la cual se realizará el débito esté correctamente declarada y seleccionada dentro del servicio “Mis Facilidades”.
De esta manera, ARCA adecuará el mecanismo de cancelación de las cuotas de mayor monto y extenderá el uso obligatorio del débito directo a operaciones que hasta ahora podían abonarse mediante transferencia electrónica.
