27 septiembre, 2026
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La nueva normativa obliga a las plataformas digitales reguladas por Lotería de la Ciudad (LOTBA) a bloquear y suspender de forma inmediata los perfiles de quienes incumplan con la asistencia económica de sus hijos.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la prohibición de las apuestas en línea para todas las personas que se encuentren inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos (RPAM), sumando una nueva restricción a quienes adeudan la cuota alimentaria.

La medida estipula que las plataformas digitales autorizadas por LOTBA deberán realizar una consulta automatizada y en tiempo real del registro antes de habilitar una cuenta, impidiendo la apertura de perfiles, depósitos, apuestas y retiros a los morosos. En caso de detectar a usuarios que figuren en el listado, las compañías están obligadas a suspender su participación de manera inmediata e informar la situación a la Justicia porteña. La disposición incorpora el artículo 17 bis a la Ley N.º 269 y prevé sanciones para las empresas que incumplan con los controles.

El jefe de Gobierno, Jorge Macri, remarcó que la iniciativa busca profundizar las consecuencias contra quienes no cumplen con las obligaciones básicas de manutención, recordando que los deudores tampoco pueden ingresar a estadios ni espectáculos masivos en el distrito. Por su parte, el presidente de Lotería de la Ciudad, Jesús Acevedo, y el ministro de Justicia, Gabino Tapia, destacaron la importancia de articular la regulación del juego con la protección de los derechos de niños y adolescentes. Actualmente, el registro cuenta con unas 13.500 personas inscriptas provenientes de la Ciudad y de 14 provincias adheridas, las cuales ya sufrían limitaciones financieras, imposibilidad de tramitar licencias de conducir comunes o prohibiciones de ingreso a eventos deportivos donde ya se bloquearon cientos de accesos.

De este modo, la Ciudad endurece los mecanismos de control económico e institucional para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades alimentarias.

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