El Senado convirtió en ley la reforma del régimen de Zonas Frías, que modifica el esquema de descuentos sobre el consumo de gas natural y propano. En Buenos Aires, 1,24 millones de hogares distribuidos en 94 municipios dejarán de contar con el beneficio automático por ubicación y deberán cumplir determinados criterios para acceder al subsidio focalizado.
El Senado convirtió en ley la reforma del régimen de Zonas Frías, una modificación que cambia el sistema de subsidios aplicado al consumo de gas natural y propano por redes. La iniciativa, que ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados, fue aprobada el jueves 24 de septiembre con 38 votos afirmativos y 8 negativos.
Con la nueva normativa, el criterio geográfico que otorgaba un descuento general a los usuarios de las regiones incorporadas durante la ampliación de 2021 deja de aplicarse. El beneficio automático por ubicación queda concentrado en la Patagonia, Malargüe, en Mendoza, y la Puna. Para las demás regiones, el acceso dependerá principalmente de la situación socioeconómica de cada hogar.
En la provincia de Buenos Aires, el cambio alcanza a 1,24 millones de hogares distribuidos en 94 municipios, mientras que a nivel nacional el impacto llega a unos 3,35 millones de usuarios.
El régimen de Zonas Frías había sido creado en 2002 y ampliado en 2021. Esa ampliación incorporó nuevas regiones de Buenos Aires y de otras provincias al esquema de descuentos, que permitía obtener una reducción sobre la factura de gas.
A partir de la reforma, quienes residan en las zonas que pierden el beneficio general podrán acceder a una ayuda si cumplen con los requisitos establecidos por el nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Las localidades bonaerenses alcanzadas por el cambio
En la provincia de Buenos Aires, la modificación alcanza a las siguientes localidades y municipios:
- Ayacucho
- Azul
- Bahía Blanca
- Balcarce
- Baradero
- Benito Juárez
- Bolívar
- Bragado
- Cañuelas
- Capitán Sarmiento
- Carlos Casares
- Carlos Tejedor
- Carmen de Areco
- Castelli
- Chacabuco
- Chivilcoy
- Colón
- Coronel Pringles
- Coronel Rosales
- Coronel Suárez
- Daireaux
- Dolores
- Florentino Ameghino
- General Alvarado
- General Alvear
- General Arenales
- General Belgrano
- General Guido
- General La Madrid
- General Las Heras
- General Lavalle
- General Madariaga
- General Paz
- General Pinto
- General Pueyrredon (Mar del Plata)
- General Rodríguez
- General Viamonte
- General Villegas
- Guaminí
- Hipólito Yrigoyen
- Junín
- La Costa
- Laprida
- Las Flores
- Leandro N. Alem
- Lincoln
- Lobería
- Lobos
- Maipú
- Mar Chiquita
- Marcos Paz
- Mercedes
- Monte
- Monte Hermoso
- Navarro
- Necochea
- Olavarría
- Pehuajó
- Pellegrini
- Pergamino
- Pilar
- Pinamar
- Puan
- Ramallo
- Rauch
- Rivadavia
- Rojas
- Roque Pérez
- Saavedra
- Saladillo
- Salliqueló
- Salto
- San Andrés de Giles
- San Antonio de Areco
- San Cayetano
- San Nicolás
- San Pedro
- Suipacha
- Tandil
- Tapalqué
- Tordillo
- Tornquist
- Trenque Lauquen
- Tres Arroyos
- Tres Lomas
- Villa Gesell
- Villarino
La reforma afecta especialmente a localidades del interior bonaerense y también a ciudades de gran cantidad de usuarios, entre ellas Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Necochea, Olavarría, Azul, Pergamino y San Nicolás. La pérdida del beneficio general no significa que todos los hogares queden automáticamente excluidos de cualquier subsidio, ya que el nuevo esquema contempla criterios de ingresos y vulnerabilidad.
¿Quiénes podrán mantener el subsidio?
La nueva normativa establece que, en las zonas templadas e intermedias, el acceso al beneficio estará vinculado principalmente a la situación económica del hogar.
El criterio central contempla a quienes acrediten ingresos mensuales iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2 del INDEC. Para una familia de cuatro integrantes, ese límite fue informado en torno a los $4.400.000.
También tendrán una vía de inclusión específica los hogares que cuenten con un integrante que posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, independientemente de su nivel de ingresos.
En el caso de los hogares en los que alguno de sus integrantes tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD), la situación será evaluada por la Secretaría de Energía para determinar si corresponde la asistencia económica destinada al pago de los servicios energéticos.
El régimen también contempla criterios patrimoniales. La normativa establece que la Secretaría de Energía puede considerar determinados indicadores de capacidad económica para admitir, rechazar o excluir a un hogar del beneficio.
Qué pasa con las zonas que conservan el beneficio general
La reforma mantiene el esquema de alcance general para las regiones que ya formaban parte del régimen original. Allí se encuentran la Patagonia, Malargüe y la Puna.
En cambio, las áreas incorporadas mediante la ampliación de 2021 dejan de tener el beneficio general asociado únicamente a su ubicación geográfica.
Por eso, en las provincias y localidades alcanzadas por el cambio, los hogares deberán quedar comprendidos dentro de los criterios del SEF para acceder al subsidio focalizado.
El Gobierno había establecido previamente el SEF mediante el Decreto 943/2025, que unificó los subsidios energéticos y reemplazó la anterior segmentación de usuarios por un esquema orientado a identificar a los hogares que requieren asistencia.
Cómo se calculará el descuento
Otro de los cambios importantes está relacionado con la manera en que se determina el subsidio.
El descuento ya no se aplicará sobre el total de la factura emitida por las distribuidoras, sino sobre el componente correspondiente al precio del gas. La modificación altera así la forma en que se refleja el beneficio en la boleta.
Además, el nuevo régimen mantiene los bloques de consumo base establecidos para el gas natural y contempla que las cantidades consumidas por encima de los volúmenes máximos subsidiables no reciban bonificación.
El esquema también establece una transición para los beneficiarios del SEF. En 2026 se contempló una bonificación adicional extraordinaria que se suma a la bonificación general, con una reducción progresiva durante el año. Para septiembre de 2026, la Secretaría de Energía estableció esa bonificación adicional en 24,25% para los usuarios de gas natural y gas propano por redes alcanzados por el SEF.
Otros cambios incluidos en la ley
La reforma también incorpora disposiciones vinculadas con el sector energético.
Una de ellas extiende hasta 2045 el régimen de incentivos destinado al desarrollo de energías renovables. Además, se incorpora un mecanismo financiero para que las empresas distribuidoras de electricidad puedan regularizar las deudas que mantienen con CAMMESA, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico.
De esta manera, la modificación de Zonas Frías no se limita al criterio geográfico para acceder al subsidio del gas, sino que forma parte de una reestructuración más amplia de los mecanismos de asistencia energética.
Para los usuarios bonaerenses alcanzados por la reforma, el punto central será determinar si el hogar queda comprendido dentro de los criterios del régimen focalizado. En caso contrario, dejará de contar con el descuento general que estaba asociado a la inclusión de su localidad en la ampliación de Zonas Frías de 2021.
